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La encrucijada legal de la consulta popular por la que el registrador Penagos pidió concepto al Consejo de Estado

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La consulta popular convocada, vía ‘decretazo’, por el presidente Gustavo Petro, entró al congelador. Al advertir que hay opiniones encontradas sobre su legalidad, el registrador Hernán Penagos decidió pedirle a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado un concepto en el que se espera conocer si es viable o no la iniciativa. Por los tiempos, el Registrador anticipó que la logística no da para hacerla el 7 de agosto, ya que para este tipo de votaciones se requiere del entrenamiento a 650.000 jurados, de 112.000 mesas de votación, y de llegar a 61 países y 124 consulados. Son mínimo tres meses de preparativos similares, dijo, a las elecciones del próximo año, que desde ya las están planeando.Al haber tanto dinero en juego -la consulta popular cuesta 750.000 millones de pesos-, para no incurrir en algún delito, Penagos manifestó que no va a empezar a organizarla hasta que la Sala de Consulta se pronuncie. Esa dependencia la componen cuatro magistrados que estudiarán el debate de fondo: si el Congreso tiene la razón al argumentar que no hay un aval para la convocatoria, o si la tiene el Gobierno al indicar que en el Senado hubo vicios y por eso, a través de una excepción de inconstitucionalidad, lo que procede es hacerla.Registrador Nacional Hernán Penagos Foto:EL TIEMPODe la declaración de Hernán Penagos sobresale su mensaje de independencia frente a los otros poderes públicos. “Debe quedar claro que ni el Registrador ni la Registraduría Nacional tienen superior funcional en la Constitución Política”, manifestó.Ante ello, el ministro de la política, Armando Benedetti, dijo que el Registrador se está “equivocando gravemente. Él es un operador logístico y no tiene por qué estar haciendo una excepción constitucional de una excepción constitucional que hizo el Gobierno”.Ministro del Interior, Armando Benedetti. Foto:César Melgarejo EL TIEMPOLas voces de expertos ante la decisión de PenagosEl debate sobre la consulta viene desde el 14 de mayo, cuando la Sala Plena del Senado negó por 49 votos contra 47 la iniciativa de convocar a una consulta. Para Petro y sus ministros, ese día se cerró irregularmente la votación y se levantó la sesión sin que alcanzaran a conocerse las posturas de un par de senadores. Sin embargo, para el presidente del Senado, Efraín Cepeda, todo se realizó en debida forma y ahora no puede permitirse la convocatoria porque el artículo 104 de la Constitución y la Ley 1757 de 2015, indican que es necesario un concepto favorable de su corporación.La consulta popular consta de 12 preguntas relacionadas a derechos laborales, asuntos que el Ejecutivo ha intentado tramitar en el Congreso. De hecho, a la par este martes se debate en cuarto y último debate la reforma laboral que propusieron hace meses. Frente a qué viene ante la decisión de Penagos de pedirle un concepto a la Sala de Consulta, expertos consultados coincidieron en que la postura que adopten los magistrados no será vinculante, pues son un órgano meramente consultivo, distinto a las otras salas que sí imparten órdenes a través de sus sentencias. Eso sí, resaltaron que lo que manifiesten los magistrados es un elemento de peso. Registrador Penagos y presidente Petro. Foto:ArchivoEn esa línea, el exprocurador general Gustavo Arrieta resaltó que lo hecho por Penagos era de esperarse, ya que “está en un sánduche espantoso y tenía que buscar una salida. Existían dos posibilidades: o él aplicaba la excepción de inconstitucionalidad o la mandaba a la Sala de Consulta”. Finalmente, el Registrador se decantó por la última vía y a criterio de Arrieta, el alto tribunal al ser una corporación muy ortodoxa interpretando la Constitución, “va a decir que el decreto es inconstitucional. Lo importante con este fantasma es que pase lo que pase, el poder judicial se pronunciará”.La exvicepresidenta Marta Lucía Ramírez calificó de responsable con la institucionalidad lo hecho por Penagos, pues “protegió el Estado de Derecho y el equilibrio de poderes. Su actuar es el de un funcionario coherente que honra sus deberes constitucionales y legales”.Por su parte, el expresidente de la Corte Constitucional Luis Guillermo Guerrero manifestó que la decisión del Registrador “es una salida muy ponderada ante un problema jurídico-político muy complejo que él planteó en todas sus aristas, frente a la decisión de la Presidencia de la República de expedir por decreto la consulta, en contravía con el conocimiento negativo del Senado”.La consulta popular es promovida por el presidente Petro. Foto:Redes sociales¿Qué viene en el Consejo de Estado?La Sala de Consulta y Servicio Civil está compuesta por los magistrados María Del Pilar Bahamón Falla -la presidenta-, Ana María Charry Gaitán, John Jairo Morales Alzate y Juan Manuel Laverde Álvarez. Si uno de ellos se declara impedido, entraría a participar del debate uno de los 12 conjueces con los que cuenta la Sala. Fuentes del Consejo le indicaron a este diario que por lo general, el concepto está listo en cuatro meses -aunque a veces en situaciones de urgencia lo envían en 15 días-. Además, que el registrador Penagos está contra el reloj por la logística que debe montar en caso de proceder con la consulta popular. Por tanto, todo parece indicar que los togados le darían prelación a esta solicitud y en aproximadamente en un mes y medio se podría tener dicho concepto.Sobre si está o no facultado para haber elevado la consulta al alto tribunal, el exmagistrado William Hernández resaltó que si bien se trata de un asunto de gobierno -un decreto- que le impediría a Penagos pedir el concepto a la Sala, “en 2023 se abrió la posibilidad de consultas provenientes de entidades diferentes al Gobierno Nacional. Así que es posible que asuman el conocimiento del asunto”. LEA TAMBIÉN El presidente Petro anuncio que convocará la consulta por decreto. Foto:PresidenciaPara el constitucionalista Juan Carlos Ospina, el Registrador no tiene dicha facultad, ya que la ley permite que solamente lo hagan el Presidente, los ministros, directores de departamentos administrativos y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.Por su parte, el abogado Diego Tamayo, exrector de la Corporación Universitaria de Ciencia y Desarrollo, resaltó que “el Registrador Nacional está facultado para elevar consultas ante el Consejo de Estado y no solamente él, sino también cualquier ciudadano”. No obstante, Tamayo advirtió que el factor de las fechas mencionado por Penagos juega en contra. “Con los tiempos que estamos viendo y con la respuesta del Registrador, es prácticamente imposible que el 7 de agosto se pueda llevar a cabo una consulta”. Incluso si el Consejo de Estado responde en los próximos 30 días, aún haría falta que el Gobierno gire los recursos necesarios y se adelante todo el proceso contractual para convocar una jornada electoral de alcance nacional. Carlos López – Justicia – @CarlosL49 – carben@eltiempo.com


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