La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia negó la solicitud de preclusión presentada por la defensa del exgobernador y exsenador Ubeimar Delgado Blandón, quien pretendía que se declarara prescrito el delito de fraude procesal por el que es juzgado.El magistrado, Jorge Caldas Vera, dijo en la decisión: “No se ha cumplido el término legalmente establecido para que opere el fenómeno jurídico de la prescripción respecto del delito de fraude procesal; por consiguiente, tampoco se configura la causal de preclusión del proceso al no actualizarse la hipótesis prevista en el numeral 1° del artículo 332 del C.P.P. invocada por la defensa, y frente a la cual no se presentó oposición por parte de la Fiscalía ni de los intervinientes especiales. En consecuencia, se torna imperativo desestimar la pretensión de la defensa negando la solicitud de preclusión, razón por la cual el proceso debe continuar también por el delito de fraude procesal”.Ubeimar Delgado, exgobernador del Valle del Cauca. Foto:Juan B Diaz.El caso tiene origen en la compulsa de copias que ordenó la Sección Quinta del Consejo de Estado en su sentencia del 24 de noviembre de 2016, relacionada con hechos que se remontan a las elecciones locales del 25 de octubre de 2015 en Cali. Ese día fue reelegido como concejal Albeiro Echeverry Bustamante para el periodo 2016–2019. Su hija, Jessica Echeverry Rodríguez, había sido nombrada meses antes por el entonces gobernador Ubeimar Delgado como Secretaria de Turismo y Comercio del Valle del Cauca, cargo en el que —según la versión oficial del Gobernador— nunca llegó a posesionarse por “motivos personales”.El parentesco entre ambos generó una demanda de nulidad electoral por inhabilidad, según el artículo 40 de la Ley 617 de 2000, debido a que la hija del concejal habría ejercido funciones en los 12 meses previos a las elecciones. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cali negó la nulidad porque consideró que el demandado allegó documentos oficiales —los decretos 0797 del 19 de mayo de 2015 y 0818 del 22 de mayo de 2015— que, en principio, demostraban que el nombramiento había sido revocado antes de que surtiera efectos. Entretanto, los registros de prensa aportados por el demandante no se consideraron suficientemente fiables.Corte Suprema. Foto:Corte Suprema de Justicia.Pero el Consejo de Estado revocó esa decisión al concluir que los decretos no reflejaban la realidad. Para el alto tribunal, el video divulgado en la página web de la Gobernación del Valle el 25 de mayo de 2015 mostraba claramente a Jessica Echeverry tomando posesión del cargo, prestando juramento ante el gobernador Ubeimar Delgado y firmando el acta correspondiente. En la grabación también aparece su padre, el concejal Echeverry Bustamante, acompañándola. El Consejo de Estado determinó que la revocatoria consignada en el decreto 0818 no correspondía a lo que ocurrió en los hechos y ordenó compulsar copias para que se investigara penalmente al exgobernador.La Fiscalía sostiene que existe probabilidad de verdad de que Ubeimar Delgado incurrió en falsedad ideológica en documento público al consignar en el decreto 0818 una situación fáctica y jurídica que no era real. Según la reconstrucción del ente acusador, Jessica Echeverry no solo se posesionó el 22 de mayo de 2015, sino que ejerció funciones en los días siguientes. El 25 de mayo, por ejemplo, asistió a las oficinas de la Secretaría de Turismo y Comercio, saludó al personal y firmó el Oficio STC-150-025, mediante el cual solicitó apoyo logístico para asistir a un comité técnico de turismo en Pereira. Su firma fue reconocida posteriormente en declaración. La Fiscalía también halló documentos institucionales dirigidos a ella como secretaria de despacho, algunos suscritos por el propio exgobernador.La Sala de Primera Instancia dejó en firme el juicio contra Ubeimar Delgado. Foto:Archivo ParticularEl caso se complejiza aún más con el hallazgo del libro de posesiones original. En la inspección judicial, el acta de posesión de Jessica Echeverry —registrada como Acta n.° 0512— apareció en un tomo nuevo, sin fecha y sin la firma de la posesionada, aunque sí con la rúbrica del gobernador.Según un peritaje, el documento no presentaba alteraciones materiales, pero sí se evidenció que el libro original, en el que Jessica y Delgado habían firmado públicamente, fue destruido y reemplazado por uno nuevo en el que la acta quedó incompleta. Para la Fiscalía, esto demuestra la probable participación dolosa de Delgado en la destrucción del documento original y en la elaboración de una nueva acta.El proceso penal avanza desde 2019, cuando se imputaron los cargos de falsedad ideológica en documento público, destrucción y ocultamiento de documento público y fraude procesal. Ese mismo año fue radicado el escrito de acusación. La audiencia de formulación de acusación se instaló finalmente en agosto de 2020, luego de varias reprogramaciones. En 2022 y 2023 se celebraron las audiencias preparatorias y el 4 de noviembre de 2025 se instaló el juicio oral, que debió suspenderse para resolver la solicitud de preclusión ahora negada.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.com

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