Con la votación de la recusación del magistrado Héctor Carvajal —a quien la accionante, Paloma Valencia, considera inhabilitado para votar la demanda de inconstitucionalidad de la reforma pensional por haber suscrito dos contratos con Colpensiones para conceptuar jurídicamente esta norma— la Sala Plena de la Corte Constitucional inicia la revisión final de la ley, una de las banderas políticas del presidente Gustavo Petro.”Héctor Carvajal presentó concepto ante Colpensiones sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024 y formuló una consulta/concepto legal sobre la contestación de la demanda de inconstitucionalidad de la misma norma, tal como se evidencia en el informe de supervisión para la terminación del contrato, suscrito por Jorge Eliécer Morales Acuña, supervisor del contrato y jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales”, detalló Valencia.El magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presidente del alto tribunal, repartió el pasado viernes 10 de octubre la ponencia a la Sala Plena para su análisis. La magistratura deberá decidir si se subsanó el vicio de trámite que motivó que, el pasado 17 de junio, mediante el auto 841, la reforma fuera devuelta al Congreso.Magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, elegido como vicepresidente. Foto:CortesíaSegún el alto tribunal, en la providencia judicial, publicada tres semanas después del ‘resuelve’ anunciado el 17 de junio, se debía discutir y votar el articulado. Esto genera expectativa sobre el trámite realizado en las sesiones extraordinarias de los días 27 y 28 de junio, cuando la Cámara reanudó el cuarto y último debate de la norma y aprobó la proposición de acoger nuevamente el texto del Senado. Una decisión que ha sido cuestionada por supuestamente no corregir el vicio que motivó la devolución.Sobre este punto, así como las dudas respecto al quórum decisorio para aprobar el orden del día en la sesión del 28 —que, según congresistas como la representante Katherine Miranda, no se cumplió—, tendrá que pronunciarse la Sala Plena para avalar la norma y permitir su entrada en vigencia. La ley, que debía ejecutarse desde el 1 de julio pasado, está suspendida por orden del alto tribunal, hasta que pase el segundo filtro de constitucionalidad.La senadora Paloma Valencia recusó al magistrado Héctor Carvajal.  Foto:ArchivoLa discusión contará con la participación del recién posesionado magistrado Carlos Camargo, quien se había declarado impedido para votar por un posible conflicto de interés. La solicitud se originó porque la demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta por la senadora Paloma Valencia, quien participó en la sesión del Senado del 3 de septiembre de 2025, fecha en la que Camargo fue elegido como integrante del alto tribunal. La Sala Plena rechazó este impedimento, por lo que podrá pronunciarse en el debate, que se anticipa muy caldeado debido al reacomodo de las mayorías, un ajedrez en el que será clave la participación del magistrado Carvajal, si no prospera su recusación.En caso de ser declarada exequible, el nuevo sistema reemplazará gradualmente el modelo vigente y definirá las reglas de cotización, administración de aportes y distribución de subsidios bajo un esquema de protección social unificado. Si se declara inexequible, la ley perdería efectos jurídicos, dejando vigente el sistema pensional actual. Existe, además, un tercer escenario: la inexequibilidad parcial o con efecto diferido, que limitaría la entrada en vigencia de artículos específicos.Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia:

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