El incumplimiento reiterado a las órdenes de la Corte Constitucional para que el Gobierno reajuste la Unidad de Pago por Capitación (UPC), sobre la base de consideraciones técnicas, llevó a ese tribunal a abrir un incidente de desacato y a pedirle a la Fiscalía, la Contraloría y la Procuraduría que investiguen al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo. La UPC es el monto que el Estado paga anualmente a las EPS por el aseguramiento de sus afiliados y es fundamental para la prestación adecuada del servicio. El alto tribunal declaró que el valor decidido por el Ministerio para el 2024 era insuficiente y ordenó mesas técnicas con todos actores del sector para reajustarlo.Esa orden no ha sido cumplida casi un año después.Corte Constitucional Foto:CortesíaEn enero pasado, el alto tribunal ya había abierto un incidente contra el ministro por incumplir el pago del reajuste de los presupuestos máximos, los recursos que se giran a las EPS para cubrir los servicios y tecnologías que quedan por fuera de la UPC, especialmente los asociados a enfermedades crónicas o raras.En este nuevo auto, expedido el 10 de diciembre por la Sala Especial de Seguimiento en Salud y con ponencia del magistrado Carlos Camargo, la Corte habla de un “problema estructural” del sistema de salud, en parte por la respuesta ineficaz del Gobierno, la lentitud en el cumplimiento de las órdenes judiciales y la ausencia de articulación institucional.”La Corte Constitucional constató que, aunque durante el período de seguimiento se han adoptado algunas medidas para corregir las falencias, a la fecha los efectos de las órdenes generales siguen siendo parciales. Esto, advirtió, se refleja en la crisis que atraviesa el sistema de salud y obliga a que la función del juez constitucional sea más estricta para alcanzar niveles sostenibles de superación de los obstáculos que persisten”, dice la providencia judicial.La orden que incumplió Jaramillo exigía reevaluar la forma en que se incorporan algunos factores en el cálculo de la UPC, como la siniestralidad, la inflación, las destinaciones específicas y las inclusiones, así como el rezago existente en su valor.Durante esos meses, el Gobierno del presidente Petro estuvo enfrascado en una discusión sobre el “uso indebido” que, según sostuvo, las EPS daban a esos recursos públicos que se les giraban. Sin embargo, para la Corte, no ajustar la tarifa a las necesidades reales del sistema derivaría en afectaciones a las finanzas de las Entidades Promotoras de Salud y, en consecuencia, en falencias en la prestación del servicio a los pacientes.De hecho, en el fallo en el que tumbó la intervención forzosa del Gobierno a Sanitas EPS, la Corte advirtió que parte de la iliquidez que sirvió de sustento para que el Ejecutivo ‘tomara’ la entidad tenía origen en los desajustes de esta tarifa.Mesas de trabajo UPC del Ministerio de Salud. Foto:Archivo ParticularEn el transcurso del año, si bien se realizaron algunas mesas técnicas, los actores del sistema que participaron denunciaron que no cumplieron con las condiciones fijadas, razón por la que en mayo pasado la Corte ordenó suspenderlas. También interpuso recursos de aclaración contra los autos para retardar la ejecución de las órdenes impartidas.Con este nuevo fallo, los magistrados de la Sala de Seguimiento hicieron un balance general del cumplimiento de las órdenes impartidas y se pronunciaron de manera puntual sobre la garantía de acceso igualitario a los servicios de salud para los menores de edad y la unificación gradual y sostenible del plan de beneficios para toda la población, lo que implica equiparar la UPC entre ambos regímenes, contributivo y subsidiado.“Cabe recordar que la suficiencia de la UPC no es un asunto meramente contable, sino un elemento esencial para garantizar el derecho fundamental a la salud en condiciones de calidad, oportunidad y continuidad, conforme a la ley estatutaria en salud. Sobre este punto, la Sala emitió un auto requiriendo información al Ministerio sobre el cumplimiento de las órdenes impartidas (Auto 007 de 2025), relacionadas con la mesa UPC que se solicitó crear con el fin de revisar y reajustar el valor de la UPC 2024, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, el rezago existente en el valor de la prima. Ese rezago, en los términos señalados en el Auto 007 de 2025, pone en evidencia un retroceso en esta materia”, advirtió el alto tribunal.De hecho, según la información recabada, aunque la brecha de la UPC entre los dos regímenes se redujo entre 2019 y 2021 hasta el 7,07 %, volvió a ampliarse en 2022 a 13,02 %, sin que exista una justificación técnica que respalde esa diferencia, situación que persiste hasta la fecha.¿A qué se expone el ministro Jaramillo?De acuerdo con la normatividad de la Corte, el incidente de desacato trae repercusiones como sanciones de arresto hasta por seis meses y multa de hasta de 20 salarios mínimos mensuales.El incidente de desacato, explica la Corte, procura que más allá de una sanción se logre el cumplimiento de las órdenes de tutela.Además de las sanciones propias del incidente de desacato, el Decreto 2591 de 1991 determina que quien incumpla el fallo de tutela, según sea el caso, “incurrirá en fraude a resolución judicial, prevaricato por omisión o en las sanciones penales a que hubiere lugar”, de manera que otra de las herramientas con que se cuenta para lograr el cumplimiento, consiste en la compulsa de copias a las entidades competentes para que realicen las investigaciones penales o disciplinarias a que haya lugar”.El exgobernador habla sobre lo que viene en su carrera Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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