Tras el banderazo blanco en el pulso político por el decreto de la consulta popular —que el presidente Gustavo Petro anunció que derogará tras la polémica por convocar a las urnas pese al ‘no’ del Senado—, serán las cortes las que determinen la validez del acto administrativo. En ese sentido, pese al anuncio de anulación del decreto y contrario a la apuesta inicial del Gobierno por un control posterior, la Corte Constitucional arrancó su estudio en un auto del 20 de junio.En el documento, la Corte hizo un recuento de los hechos inéditos en 34 años de historia constitucional, en los que el Ejecutivo desconoció el concepto desfavorable del Senado y aun así convocó el mecanismo.Auto de la Corte Constitucional con el que arranca el estudio del ‘decretazo’ Foto:ArchivoCitó el auto admisorio de la Sección Quinta del Consejo de Estado sobre la demanda presentada por el presidente del Senado, Efraín Cepeda, que pidió anular el decreto 0639 de 2025. En dicho documento se aclara que, aunque el estudio jurídico le corresponde a esta corporación por ser producto de un evento electoral, “no desconoce ni vacía la competencia de la Corte Constitucional contenida en el artículo 241.3 de la Constitución Política”, la cual se activa solo si se ha agotado el trámite legal y constitucional previsto para convocar una consulta popular, “lo que, como ya se explicó, no aconteció en este preciso caso”.Precisamente, por haberse saltado el requisito del concepto favorable del Senado, se abrió la posibilidad de que, dada su evidente inconstitucionalidad, la Corte asumiera un control previo —y no posterior a las votaciones, como establece la Ley 134 de 1994—, e incluso emitiera una medida cautelar para frenar sus efectos mientras se toma una decisión de fondo. El presidente Gustavo Petro firmando el decreto para convocar la consulta popular. Foto:@petrogustavoEstos dos caminos están sobre la mesa y no se descartan para contemplar en la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, despacho en el que aterrizó el expediente.”El decreto fue expedido pese a que el Senado había emitido concepto desfavorable sobre la consulta popular, circunstancia que, en esta etapa inicial del proceso, permitía advertir una infracción directa y manifiesta del ordenamiento jurídico, justificando la medida para evitar la ejecución de actuaciones preparatorias y gastos asociados a la jornada electoral prevista”, se lee en el documento de la Corte.Otro conflicto que entrará a resolver la Corte y que fue tenido en cuenta por el Consejo de Estado se refiere a la “excepción de inconstitucionalidad” que apeló el Gobierno para desconocer los resultados de la votación de la plenaria del Senado del pasado 14 de mayo.”Dicha figura no resulta procedente, en tanto no se verificaba una contradicción manifiesta e inequívoca con la Constitución, y porque la supuesta irregularidad del trámite legislativo está siendo objeto de otro proceso judicial ante esa misma corporación”, sostuvo el Consejo de Estado, argumentó por el que ordenó la suspensión de los efectos del decreto. Corte Constitucional analizará posible control previo al ‘decretazo’ de la consulta popular Foto:ArchivoY, con base en un controvertido concepto del equipo jurídico asesor de Presidencia —que limitaba el estudio del ‘decretazo’ exclusivamente a la Corte Constitucional—, el tribunal descartó la existencia de un conflicto de competencias y reconoció las facultades tanto de su Sala Plena como del Consejo de Estado.”Sobre la base de reconocer las competencias del Consejo de Estado y su ejercicio legítimo por parte de dicha corporación, el magistrado sustanciador considera que no es necesario suscitar un conflicto de competencias entre autoridades de distintas jurisdicciones, sino proceder dentro del marco constitucional y legal establecido, con respeto a la autonomía del Consejo de Estado y, al mismo tiempo, con sujeción estricta a la responsabilidad que le asiste a esta Corte de guardar la integridad y supremacía de la Constitución”.Práctica de pruebasEn el auto la Corte también solicitó a la Presidencia, al Senado y al Consejo de Estado remitir todas las actuaciones relacionadas con la consulta y el polémico ‘decretazo’. Desde la certificación de Secretaría de la votación en firme, hasta los procesos de nulidad y tutela sobre el acto administrativo.’Decretazo’: ABC de esta y otras decisiones recientes Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia
Este es el documento con el que la Corte Constitucional arranca el estudio del ‘decretazo’ de la consulta popular
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