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Juez condena a Luis Eduardo López Rosero a seis años de prisión por escándalo de los carrotanques de la UNGRD

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Luis Eduardo López Rosero, conocido como El Pastuso, fue condenado a seis años y ocho meses de prisión por su participación en la red de corrupción que desvió millonarios recursos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en medio del escándalo por los contratos de los carrotanques en La Guajira.La condena fue confirmada la mañana del 18 de junio. López Rosero, contratista y dueño de empresas que se beneficiaron con los convenios, aceptó cargos por concierto para delinquir agravado, peculado por apropiación agravado y falsedad en documentos. Es la segunda persona sentenciada dentro del caso que salpica a funcionarios y contratistas de la entidad encargada de atender emergencias en el país.Luis Eduardo López Rosero. Foto:Archivo particularLa Fiscalía reveló que López Rosero obtuvo información privilegiada sobre los procesos de contratación, en especial sobre los 40 vehículos cisterna para llevar agua a comunidades de La Guajira. Según el expediente, su ingreso al esquema fue facilitado por Pedro Andrés Rodríguez Melo, entonces asesor jurídico de la entidad, quien presuntamente le entregó cotizaciones amañadas que aseguraron la adjudicación a sus empresas.El contratista logró un principio de oportunidad con el ente acusador, lo que le permitió recibir beneficios judiciales a cambio de colaborar con la justicia. Como parte de ese acuerdo, deberá devolver 7.722 millones de pesos, monto que corresponde a los fondos públicos que fueron apropiados irregularmente.De acuerdo con el proceso, López Rosero no solo obtuvo contratos de forma fraudulenta, sino que también habría entregado pagos ilegales como contraprestación por los favores recibidos, afectando directamente recursos destinados a la atención de emergencias y desastres en el país.Estos son algunos de los carrotanques que aún no se han podido usar. Foto:UNGRDCorte negó solicitud de Name y CalleLa Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de reposición presentado por la defensa de Iván Name y Andrés Calle, expresidentes del Senado y de la Cámara de Representantes, respectivamente, quienes fueron capturados por el saqueo a la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (Ungrd).Name y Calle, quienes fueron las más altas fichas del Capitolio entre 2023 y 2024, están recluidos en la cárcel La Picota en Bogotá en donde esperan la decisión del alto tribunal sobre si son llamados a juicio ante la Sala Especial de Primera Instancia.En el fallo, de 183 páginas, se sustentó la detención de los congresistas. El alto tribunal señaló que los recursos comprometidos provenían de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), “reseñadas, lo que permitió de alguna manera, la compra de gobernabilidad del Congreso de la República”.Corte Suprema rechazó la solicitud de Iván Name y Andrés Calle. Foto:Archivo particular.Parte de ese dinero habría sido entregado a los congresistas a través de Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, exsubdirector de la entidad, quien recibió el dinero inicialmente de un particular identificado como Pedro José Castro Espinoza. Las entregas habrían ocurrido los días 11 y 13 de octubre de 2023, en Bogotá.Según el alto tribunal, los recursos que debían aliviar las necesidades de comunidades vulnerables fueron desviados para fines personales y políticos, afectando gravemente a la moralidad pública y provocando un “importante menoscabo” en sectores segregados.“Los aforados utilizaron su poder político para ejecutar presuntamente delitos de significativa gravedad, no solo desde una perspectiva general y abstracta, sino por las especificidades que se observaron en el caso concreto; comportamientos frente a los cuales no se excluye su futura reiteración; en fin, el potencial peligro para la comunidad, en caso de mantenerse en la posición de poder actual, utilizada indebida y al parecer delictivamente”, dijo la Corte.Además añade: “No sobra advertir, como síntesis en torno a la gravedad de las conductas investigadas y el diagnóstico de peligro para la comunidad, que las infracciones punibles que se le imputan a los aforados, (cohecho impropio y peculado por apropiación agravado), son considerados de naturaleza especialmente grave, y tienen por ello señaladas penas considerablemente altas.Asimismo, en la decisión se revela que la investigación se adelanta por dos atentados contra la moralidad pública, y las conductas fueron perpetradas con participación conjunta de varios actores que se concertaron para ello.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.com


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