El dirigente sindical y cabeza de la Central Unitaria de Trabajadores, Fabio Arias, podría enfrentarse a un proceso penal tras una polémica confesión pública en plena Plaza de Bolívar: “Estos días han sido completamente de anormalidad en la vida rutinaria de los bogotanos, derivado de las apreciaciones que diversos compañeros en las diversas localidades lograron realizar bloqueando el transporte masivo de TransMilenio, que era una de las tantas formas con las cuales veníamos a realizar este paro nacional de 48 horas”, dijo.Los 28 y 29 de mayo, el Gobierno convocó a una ‘huelga general’ en apoyo a la consulta popular que fue hundida en el Congreso hace dos semanas.Estación de TransMilenio. Foto:Milton Díaz, EL TIEMPOAl cierre de la jornada, y pese a los anuncios de sindicatos y organizaciones sociales que auguraban una presencia masiva de manifestantes, el llamado no tuvo tanto eco en los distintos sectores.Aun así, en Bogotá y otras ciudades se registraron bloqueos de vías. En la capital, por ejemplo, se paralizó la operación de TransMilenio en estaciones como Portal Américas. Sobre esta acción, que según varios juristas tiene una posible tipificación penal, el director de la CUT, Fabio Arias, admitió que obstruir el sistema de transporte público hacía parte de los planes del paro. Por esta autoincriminación, ya estaría en la mira de la Fiscalía. El primero en anunciar represalias judiciales fue el alcalde Carlos Fernando Galán.”Mientras que algunos negaron estar detrás del paro, otros confiesan abiertamente haber convocado acciones que pueden configurarse como violaciones al Código Penal colombiano”, dijo el mandatario local. Disturbios en la Universidad Nacional en el marco del Paro. Foto:César Melgarejo. EL TIEMPOTambién aseguró que los hechos fueron provocados para “afectar los derechos de la gente, gente que se desplazaba al trabajo, a la educación, a acceder a atención médica, básicamente para joder a la gente”.A nivel jurídico, las aguas están divididas. Unos juristas aseguran que debe responder penalmente por bloquear un servicio esencial, que está protegido legalmente, otros afirman que estaría en una zona gris pues delimitaría con el derecho constitucional a la protesta. Para Julián Quintana, abogado penalista “el bloqueo de vías públicas es un delito, así como la obstrucción de vías o la perturbación del servicio. Y, sin duda alguna, las personas que incurren en esas conductas, pueden enfrentar una pena de prisión. Lo que hizo esa persona (Fabio Arias) raya con el Código Penal”.El penalista hizo énfasis en que este tipo de conductas aparecen en los artículos 353 y 353 A del Código Penal, que hablan de que “el que por medios ilícitos incite o constriña los medios para obstaculizar de manera temporal o permanente, selectiva o general, las vías o la infraestructura de transporte de tal manera que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo, incurrirá en prisión de 24 a 48 meses, y multa de 13 a 75 salarios mínimos”.La Procuraduría solicitó al CNE sancionar a Roa. Foto:Mientras tanto, Óscar Santamaría, también penalista, recordó que sí hay un tipo penal de obstrucción al tráfico, pero que hay un derecho constitucional, que es el de la huelga. “Delito sería dañar los vehículos, agredir a las personas que van adentro, pero parar el tráfico no. Eso tiene una relación con el derecho a la protesta, en ese tema hay una línea gris”.Carlos López y Sara QuevedoRedacción Justicia
los líos penales a los que se expone Fabio Arias tras polémica confesión
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