El esperado arranque del juicio por la corrupción del ‘carrusel de la contratación’ contra el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, tuvo un giro sorprendente por cuenta de la Fiscalía. El fiscal Jorge Velásquez, le pidió a la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia que deseche la acusación realizada por el ente acusador en octubre del año pasado, lo que automáticamente devolvería el caso a una fase preliminar de la investigación de hechos ocurridos en la alcaldía de Samuel Moreno, entre 2008 y 2009. Según el fiscal, el ente acusador se equivocó al considerar como un delito continuado dos supuestas actuaciones de Sanguino cuando era concejal de la Alianza Verde en Bogotá. Según la investigación, en 2008, Sanguino se habría reunido con el alcalde Moreno, quien falleció en prisión condenado por el mismo escándalo, y con el secretario de Salud Héctor Zambrano, también condenado, para lograr el nombramiento de Liliana Paternina como gerente del Hospital de Usme. Meses más tarde, en el primer trimestre de 2009, Sanguino se habría reunido con Paternina para lograr el direccionamiento de un millonario contrato de obras del hospital al contratista Héctor Julio Gómez, uno de los cerebros del ‘carrusel de la contratación’, junto con el también condenado Emilio Tapia.En desarrollo de la audiencia, y después de que la Corte regañó a la Fiscalía porque pretendió aplazar el inicio del juicio, el fiscal Velásquez le pidió al magistrado Jorge Emilio Caldas que se declare la nulidad de lo actuado en la acusación contra Sanguino porque considera que no hay una línea de continuidad entre los dos eventos. Según su posición, en coincidencia con la defensa del hoy ministro de Trabajo, frente al primer hecho imputado, es decir la reunión con Samuel Moreno, ya operó el fenómeno de prescripción, al cumplirse, en julio del año pasado, los 12 años de pena máxima del delito de tráfico de influencias, ampliados a 16, por tratarse de servidores públicos.Desarrollo del juicioSanguino, con un pie en la Corte y otro en el Congreso —por la radicación de la reforma laboral en la Comisión IV del Senado—, enfrenta una acusación por el delito de tráfico de influencias de servidor público, por una presunta repartija de convenios en la administración distrital, en la que salió a relucir su nombre cuando era concejal de la Alianza Verde, en 2007.Según la imputación de la Fiscalía, en los primeros tres meses de 2008, Sanguino “estaba interesado en ganar posicionamiento político sobre el Hospital de Usme. Durante el proceso de nombramiento de los gerentes hospitalarios, le manifestó al alcalde mayor y al entonces secretario de Salud su interés en que en ese hospital se designara como gerente a una persona de su confianza”.Pocos minutos después de arrancar la audiencia en la Corte, el magistrado le pidió a la defensa llamar al Ministro para que se hiciera presente o comunicara de viva voz a la audiencia los motivos por los que no había llegado.“Estaba atendiendo asuntos relacionados con mi responsabilidad como ministro, pero las suspendí”, dijo Sanguino a los pocos minutos.La Secretaría de Salud de Bogotá pidió ser acreditada como víctima en el proceso, argumentando daño moral y afectación a su buen nombre, aunque no expuso perjuicios materiales. La defensa de Sanguino se opuso a la solicitud, señalando que en el decreto de nombramiento de la directora del Hospital de Usme, Liliana Paternina —en el que supuestamente intervino Sanguino— “no hay ninguna mención a la Secretaría que acredite algún daño directo o indirecto”.Después de deliberar, la Sala de Primera Instancia negó la objeción de la defensa y reconoció a la Secretaría Distrital de Salud como víctima del presunto tráfico de influencias en servidor público, delito que se le atribuye al ministro Sanguino.”La víctima sufre un daño y es perjudicada. Para que sea reconocida dicha condición, no es necesario acreditar un perjuicio de carácter material (…). Son claros los motivos que le asisten a la Secretaría de Salud para querer participar en el juicio, por el daño moral y a su buen nombre”, dijo en audiencia el magistrado Caldas.A la hora de la lectura del escrito de acusación, la defensa presentó una solicitud de aclaración y un recurso de nulidad por supuestos “vacíos” en las fechas y la ubicación de los hechos. “¿En qué fecha y lugar se realizó la reunión en la que supuestamente se pactó la coima con el contratista Julio Gómez?, ¿En qué fecha se llevaron a cabo las reuniones con el exalcalde Samuel Moreno para nombrar a Liliana Paternina en la dirección del Hospital de Usme?, ¿En qué fechas y lugares se dieron reuniones con la exdirectora Paternina y el contratista Julio Gómez?”, fueron algunas de las preguntas que elevó el abogado.En su intervención, la Fiscalía aseguró que, antes de responder a la solicitud de la defensa, pedirá un cambio en el sentido de la audiencia para evaluar una “preclusión parcial por prescripción del delito”, un giro completamente inesperado en la audiencia. Antes de evaluar su petición, el magistrado Caldas pide a la Fiscalía aclarar la solicitud de aclaración de la defensa y expone una a una las reuniones en las que se habría configurado el tráfico de influencias. La defensa planteó la nulidad del escrito de acusación, pero la Fiscalía, de nuevo, reiteró que no se conceda y se proceda con el cambio de sentido de la audiencia para prescribir por preclusión parcial de uno de los dos hechos delictivos investigados. Uno de estos tiene que ver con la injerencia del entonces concejal Sanguino con el alcalde Samuel Moreno para nombrar a la gerente del hospital de Usme, Liliana Paternina. Hecho que se terminó configurando con el decreto de su designación. El otro hecho tiene que ver con la intermediación con la gerente del hospital para direccionar un contrato de obras al contratista Héctor Julio Gómez González.”Es claro que si se ha deslindado dos momentos, es un concurso de delitos, más no un delito continuado. En el primero, el influenciado habría sido el exalcalde Moreno, en el segundo, la gerente del Hospital de Usme, Liliana Paternina”, dijo el fiscal. El primer evento data del primer trimestre de 2008, fecha del decreto de nombramiento de la directora Paternina. Por el delito de tráfico de influencias la pena máxima es de 12 años, por lo que aplica la prescripción que se cumplió en julio de 2024. “Reitero mi respetuosa petición de que se declare la preclusión por prescripción de la actuación penal por el hecho mencionado”, solicitó la fiscalía. El ente acusador tendrá que estudiar la actuación frente al segundo hecho.Juicio en desarrollo…
pide preclusión por prescripción de un delito y nulidad del llamado a juicio
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