A menos de 10 días para que se venciera el plazo en el que el Gobierno le transfería el mando a los entes territoriales para que asumieran de nuevo la alimentación de los detenidos en los centros de detención transitoria (URIs y estaciones de policía), la Corte Constitucional le ordenó al Gobierno seguir cubriendo este servicio para prevenir una crisis humanitaria de enormes proporciones. Según fuentes de la magistratura, la precaria situación financiera de los entes territoriales podría desembocar en fallas en el abastecimiento, lo que configuraría “un trato cruel, inhumano y degradante” hacia los privados de la libertad.La Personería de Bogotá ha denunciado en varias ocasiones el hacinamiento en uris de la ciudad. Foto:Cortesía Personería de Bogotá.A partir del 1 de julio, según lo dispuesto en la Ley 2346 de 2024, firmada por el presidente Gustavo Petro, las alcaldías y gobernaciones debían ‘recibir el testigo’ de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), que desde enero del año pasado venía garantizando la alimentación de los detenidos.Aunque esta responsabilidad siempre ha sido de los entes territoriales, la norma dispuso un plazo de año y medio para que los gobiernos locales alistaran el bolsillo y retomaran el servicio.En la misma Ley se lee: “Las entidades deberán presentar al Ministerio de Justicia y del Derecho el plan de implementación del servicio de alimentación en centros de detención transitoria a más tardar el 31 de diciembre de 2024″.Sin embargo, según fuentes de esa cartera, al menos 50 de los 125 municipios donde se prestaba el servicio no entregaron ni hoja de ruta ni viabilidad fiscal.Corte Constitucional Foto:CortesíaPor esta razón, la Corte Constitucional, a través del auto 897 de 2025, con ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, evidenció fallas en el plan temporal de contingencia y le ordenó a la Uspec asegurar la prestación del servicio “sin interrupciones” a partir del 1 de julio de 2025.El ‘Estado de Cosas Inconstitucional’Desde hace al menos 12 años, la Corte le puso la lupa a la situación carcelaria. Las imágenes de celdas sobreocupadas, con internos disponiendo de menos de un metro cuadrado para vivir, fueron el primer campanazo de una crisis que llevó a declarar el Estado de Cosas Inconstitucional, primero en 2013 y luego en 2022, extendiéndolo a los centros de detención transitoria tras constatar el deterioro sistemático de los derechos de los detenidos.Se forzó la capacidad de las URIs y estaciones de Policía, legalmente dispuestas para recibir por máximo 36 horas a los capturados, pero que terminaron convertidas en cárceles alternas. En ellas, según un informe de la Procuraduría de mayo pasado, hay 1.424 personas condenadas. De acuerdo con cifras de la Policía, 193 de ellas han permanecido allí por más de 690 días sin que se haya resuelto su lugar definitivo de reclusión.Hacinamiento en estaciones de Policía de Cali. Foto:Personería de CaliEn total, hasta mayo de este año, había 20.940 privados de la libertad en los centros de detención transitoria del país, cuya capacidad total es de 9.681 cupos. Lo que se traduce en un hacinamiento del 116 %.Una de las medidas implementadas para aminorar el problema fue que el Gobierno se hiciera cargo del servicio de alimentación. Sin embargo, según el auto de la Corte, este plan fue apenas un ‘pañito de agua tibia’. Por eso, a la par de la prórroga de esta responsabilidad por lo que resta del año, le ordenó poner en marcha las medidas necesarias para garantizar el traslado de las personas condenadas que aún permanecen en los centros de detención transitoria, con el fin de liberar cupos y destinarlos a la población sindicada.”La Sala, en su análisis, identificó graves falencias en el diseño y ejecución del plan de contingencia. Advierte que la combinación de la inacción territorial, la falta de un marco normativo que habilite la intervención de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y la inexistencia del plan de contingencia eficaz y financiado compromete de manera grave la garantía de los derechos de la población reclusa”, dicta el auto. Entre otras noticias:Falleció monseñor Víctor Ochoa, obispo de Colombia Foto:La regulación pendientePara subsanar de fondo el problema, la Corte también le pasó la pelota al Congreso. Le pide que “avance con carácter prioritario en el trámite legislativo de los proyectos de ley orientados a prorrogar la competencia de la Uspec y garantizar la continuidad del servicio”. O, en su defecto —según conoció este diario—, que si se mantiene la asignación a los entes territoriales, se les giren los recursos suficientes a través de la Ley del Sistema General de Participaciones.“Ninguna entidad territorial ha tenido los recursos necesarios para construir cárceles y, a su turno, tampoco ha tenido plata para asumir la alimentación. En el análisis del auto, la Corte constató que ninguna entidad local tiene los fondos: ni siquiera Medellín o Cali. La más avanzada es Bogotá, que tiene cárcel distrital, pero aun así la situación de caja es apretada”, le dijo a este diario una fuente de la magistratura.Finalmente, la Sala le pidió a la Procuraduría adelantar las investigaciones disciplinarias contra las autoridades territoriales que han incumplido con sus deberes, y anunció la instalación de nuevas mesas de trabajo interinstitucionales para hacer seguimiento al plan temporal y a “la articulación de las medidas adoptadas por las entidades competentes”.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia
¿por qué el Gobierno seguirá alimentando a los detenidos en URIs y estaciones?
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