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El proceso judicial contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, que comenzó en 2018 en la Corte Suprema de Justicia, regresará nuevamente a ese alto tribunal. Tras la lectura del fallo de segunda instancia por parte del Tribunal Superior de Bogotá, se abre ahora la etapa del recurso extraordinario de casación ante la Sala de Casación Penal de la Corte.Los tres magistrados de la Sala Penal del Tribunal tumbaron la sentencia de primera instancia del expresidente Álvaro Uribe Vélez y lo declaró inocente de soborno en actuación penal y fraude procesal.Ante esta decisión, Miguel Ángel del Río, defensor de Deyanira Gómez, exesposa de Juan Guillermo Monsalve, presunta víctima en este caso, escribió en su cuenta de ‘X’: “Nos vamos a Casación. Esta batalla no ha terminado”.La anunciada apelación llegará a la Sala de Casación Penal que está integrada por los magistrados Myriam Ávila Roldán, Gerardo Barbosa Castillo, Fernando Bolaños Palacios, Gerson Chaverra Castro, Diego Corredor Beltrán, Jorge Hernán Díaz Soto, Hugo Quintero Bernate, Carlos Roberto Solórzano y José Joaquín Urbano. Ellos serán los encargados, eventualmente, de revisar la legalidad de la sentencia dictada por el Tribunal de Bogotá.Magistrados de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema. Foto:Archivo ParticularDe acuerdo con el jurista Felipe Alzate, el trámite que sigue es el de casación, un procedimiento técnico que busca examinar los posibles yerros de derecho o de procedimiento cometidos por los jueces de segunda instancia.”La defensa, la Fiscalía, las víctimas o incluso el Ministerio Público tienen cinco días para interponer el recurso de casación y 30 días después para sustentarlo por escrito”, explicó. Una vez la Corte reciba la demanda, deberá decidir si admite o no el recurso. Si lo admite, entrará a estudiar los argumentos de las partes y, posteriormente, a decidir de fondo.El expresidente Álvaro Uribe Foto:El abogado penalista Fabio Humar señaló que este es el momento en que el caso pasa del control de jueces a un cuerpo colegiado mucho más amplio. “La primera instancia la conoció una jueza. La segunda instancia, tres magistrados. En casación, la revisión estará en manos de nueve magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia”, recordó. Por su parte, el penalista Francisco Bernate explicó que si la admite, se designa por sorteo un magistrado ponente, se cita a una audiencia de sustentación y se emite un fallo que puede tardar entre tres y cinco años, con un máximo legal de cinco. En este caso, se fija una audiencia para que las partes sustenten sus argumentos, con un tiempo máximo de diez (10) minutos para cada una. Posteriormente, el magistrado ponente presenta el proyecto de fallo y la Sala procede a votarlo.Si el proyecto es aprobado (con la mayoría de cinco (5) votos de los nueve (9) magistrados), se cita a la audiencia de lectura de la decisión definitiva. Si el proyecto es improbado, se designa un nuevo ponente, quien elabora una nueva ponencia en sentido contrario, la cual será sometida nuevamente a votación.Si se inadmite, el recurrente puede solicitar a la Procuraduría General que insista en la demanda. Si no lo hace, o si la insistencia es negada, el proceso concluye definitivamente.Bernate indicó que la admisión del recurso suele tardar entre seis y 18 meses, mientras que la decisión de fondo puede tomar varios años, normalmente entre tres y cinco. El término máximo legal para fallar es de cinco años; si no se profiere sentencia en ese plazo, opera la prescripción, aunque en la práctica esto rara vez ocurre.Por su lado, el abogado Saúl León añadió que “conforme a los argumentos expuestos por el Tribunal, lo más posible es que la Corte confirme la providencia de segunda instancia. Tiene basta te solidez jurídica”.Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:EL TIEMPOEl caso puede escalar hasta la Corte ConstitucionalActualmente, la sentencia del Tribunal goza de legalidad, por lo que la representación de las víctimas deberá demostrar ante la Sala de Casación Penal que hubo un error en la absolución. La Corte tendría hasta tres meses para admitir el recurso extraordinario y, de ser admitido, hasta cinco años para decidir si casa o no la sentencia.Se habla de este plazo porque una sentencia de la Corte Constitucional estableció que los casos que llegan a casación deben resolverse en un máximo de un lustro, dado que anteriormente algunos procesos se prolongaban más allá de ese tiempo, lo que se consideraba una falta a la proporcionalidad razonable. Según el expresidente de la Suprema, Aroldo Quiróz, la Corte actualmente está al día, por lo que el proceso podría resolverse en menos tiempo. Sin embargo, este caso, pese a su peso político, no tendría prioridad y, como todos, seguiría el turno ordinario.Quiróz señaló además que “sea cual sea el resultado de la casación, la sentencia podría ser objeto de una tutela, que se interpone ante la Sala Civil, y este fallo, a su vez, podría apelarse ante la Sala Laboral, y, en última instancia, llegar a la Corte Constitucional si es seleccionada para revisión”.De hecho, este fue el camino recorrido por el expediente de Andrés Felipe Arias, que llegó hasta la Corte Constitucional, la cual revocó las sentencias proferidas por la Corte Suprema de Justicia: en primera instancia, por la Sala de Casación Civil el 23 de abril de 2019, y, en sede de impugnación, por la Sala de Casación Laboral el 30 de julio de 2019, concediendo finalmente el amparo del derecho fundamental al debido proceso.Iván Cepeda. Foto:EFEEl senador y precandidato presidencial Iván Cepeda -quien figuró como presunta víctima en el caso- no descarta acudir a instancias internacionales, como el sistema interamericano de Derechos Humanos, para apelar la sentencia.Para Walter Arévalo, profesor de Derecho Internacional de la Universidad del Rosario, acudir a esta instancia es posible, pero el camino es complicado.”Tendrán el enorme reto de, primero, acreditar la condición de víctima de esas conductas y, segundo, demostrar que el derecho nacional ha sido ineficaz y ha negado el acceso a la justicia. Si bien no existen casos exactos o idénticos ante el sistema interamericano, sí se han presentado controversias relacionadas con amnistías o con sentencias absolutorias a líderes de países que habrían cometido algún tipo de delito, negándoles así a las víctimas el acceso a la justicia local”, puntualizó.Redacción JusticiaMás noticias:
