Dos expertos en emergencias y protección civil, en calidad de peritos para la asociación SOS Desaparecidos, han emitido un informe que concluye que el hecho de que nunca se haya activado en España el nivel 3 de emergencia es indicativo de “un fallo en la estructura de respuesta”. Este informe, incorporado a la causa penal que dirige el Juzgado de Instrucción 3 de Catarroja sobre la gestión de la dana, apunta que tras las primeras 24 horas, en las que “la respuesta de los municipios y resto de administraciones del territorio fue claramente nula o insuficiente”, la consejería responsable “debería haber actuado como se establece en la propia Ley de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Valenciana y proponer al Gobierno central la declaración del Nivel 3 de Emergencia o Emergencia Nacional”.El documento detalla que la denominada “emergencia de interés nacional o nivel 3″ no se activó ni en el terremoto de Lorca, ni en la erupción volcánica de La Palma ni en las inundaciones de Badajoz, y concluye que, aquel 29 de octubre, la falta de alertas fue una “sentencia de muerte”. Los expertos y peritos en esta materia José María Gil Garré y Alberto Aguilar Zarco, autores del referido informe, han sido citados en calidad de testigos ante el mencionado juzgado el próximo 9 de mayo.En su estudio, ambos peritos detallan cuáles fueron las principales omisiones por parte de cada Administración y exponen el marco legal que debería haber regido la actuación de las autoridades en diferentes niveles. “En particular, las decisiones o la ausencia de las mismas por parte de las administraciones, la existencia o inexistencia de los recursos de planificación obligatorios por parte de las administraciones locales, provinciales, autonómicas o estatales concernidas por lo ocurrido y la eventual relación de causalidad de todo ello con las fatales consecuencias para las personas afectadas y sus familias”, señalan.Al inicio del mismo, ambos expertos lamentan las “actitudes renuentes, esquivas o directamente opacas” al solicitar “el itinerario de decisiones seguido por las diferentes administraciones y servicios públicos, con excepción de la Agencia Española de Meteorología” (Aemet).“Un silencio institucional parecido a una suerte de omertá, sin facilitar información que debiera ser pública, desde los planes de emergencias o planes especiales, y no digamos ya cualquier conocimiento de la identidad de las personas físicas que adoptaron o dejaron de adoptar decisiones, especialmente el fatídico día 29 de octubre de 2024″, se indica en el documento.Respecto a la actuación de la Generalitat Valenciana, el informe concluye que el president, Carlos Mazón, debió declarar la emergencia catastrófica, emitir alertas a través del 112 y liderar la actuación de los municipios. El “silencio en las alertas”, reza, supuso una “condena para la población” e “impidió evacuaciones y movilización de recursos”. “La falta de alertas fue la sentencia de muerte; un aviso habría salvado vidas”, destaca.Respecto a los ayuntamientos, se reprocha que “debían tener planes operativos y coordinarse con la Generalitat”, que “no hubo estrategias de evacuación ni refugios”, ni tampoco “alineación” con la Administración autonómica. “La ausencia de planes convirtió barrios en trampas mortales. La inacción local fue el golpe final. La Generalitat falló en liderar, alertar y coordinar, causando pérdidas humanas evitables, y los ayuntamientos traicionaron su deber, multiplicando víctimas”.De este modo, los especialistas aseveran que “una incorrecta praxis o pura y simple inacción ante y durante la gestión de las emergencias por parte de las diferentes administraciones públicas con competencia, funciones y responsabilidades en la materia, en la Comunidad Valenciana fue el nexo general de causalidad entre el riesgo natural y las gravísimas consecuencias para las personas”.Esto se concreta en falta de coordinación, inexistencia de protocolos claros o no aplicación de los mismos, incapacidad de reacción, ausencia de un canal de información eficiente y desidia administrativa a todos los niveles de la administración.“Es especialmente lamentable que los planes de emergencia municipales o planes especiales de inundaciones, inexistentes u opacados a la población, no cumplan con lo establecido en la legislación vigente”.Esta, recuerdan, “ordena tener establecidas medidas concretas de actuación para las personas más vulnerables, como aquellas con movilidad reducida o afectadas por cualquier otra discapacidad, sobre todo cuando observamos las edades de los fallecidos y los lugares en los que murieron o desaparecieron”.Por otra parte, subrayan que tras las primeras 24 horas, en las que “la respuesta de los municipios y resto de administraciones del territorio fue claramente nula o insuficiente”, la consejería responsable “debería haber actuado como se establece en la propia Ley de Emergencias y Protección Civil de la Comunidad Valenciana y proponer al Gobierno central la declaración del Nivel 3 de Emergencia o Emergencia Nacional”.Admiten que en el Nivel 2 la Comunidad Autónoma ya tiene a su disposición los recursos del Estado, pero “pasadas las primeras 24/36 horas de una manifiesta y bochornosa incompetencia municipal y autonómica debió activarse el denominado nivel 3 o Emergencia de interés Nacional”, añaden.Estos especialistas concluyen que es el president de la Generalitat quien tiene atribuida por ley “la responsabilidad directa y total de todas las estructuras que están operando en la emergencia en el Nivel 2″. “La inacción y negligencia administrativa no sólo constituyen un incumplimiento normativo, sino que también representan una amenaza directa para la seguridad de la población”, concluyen estos especialistas, que deberán explicar a la jueza este análisis el próximo 9 de mayo.
Un informe aportado al juzgado que investiga la dana ve un “fallo” que nunca se haya activado en España la emergencia de interés nacional | Noticias de la Comunidad Valenciana
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